Los mediadores de seguros están obligados a informar de operaciones que podrían ser sospechosas de blanqueo de capitales cuando actúen con seguros de vida u otros servicios de inversiones.

El marco de actuación está recogido en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención
de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

Normativa por tipo de empresa

Pyme

Representante ante el SEPBLAC1
No obligatorio
Órgano de control interno2
No obligatorio
Unidad Técnica3
No obligatorio

Representante ante el SEPBLAC1
Obligatorio
Órgano de control interno2
Obligatorio (asumido por el representante ante el Sepblac)
Unidad Técnica3
No obligatorio

Representante ante el SEPBLAC1
Obligatorio
Órgano de control interno2
Obligatorio
Unidad Técnica3
No obligatorio

Gran Empresa

Representante ante el SEPBLAC1
Obligatorio
Órgano de control interno2
Obligatorio
Unidad Técnica3
Obligatorio

El Reglamento de la Ley 10/2010 establece unos criterios para clasificar su negocio como “pyme o gran empresa”.